¿Sabes que es una declaración responsable de obras? ¿Necesitas reformar tu baño? ¿Necesitas cambiar de titularidad tu comercio?
La Declaración Responsable es un documento mediante el cual los interesados manifiestan, bajo su responsabilidad, que cumplen los requisitos exigidos por la Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades y el resto de la normativa para acceder al reconocimiento del derecho a realizar una obra o iniciar una actividad, disponen de la documentación exigida que así lo acredita y se comprometen a mantener su cumplimiento durante el tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Sólo puede ir firmada por el promotor. Surte efectos desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones públicas.
Es la manifestación escrita hecha a un organismo público por la cual asumimos que algo cumple la legalidad vigente, se usa para:
Por Declaración Responsable acogidas a la Ley 12/2012 pudiendo abrir nuestra Actividad nada más presentar dicha solicitud
Con Declaración Responsable cuando queremos Cambiar de Nombre una determinada Actividad Comercial o Servicios
Con una Declaración Responsable podremos iniciar las obras de inmediato
Desde que entro en vigor la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, cuando queremos iniciar una nueva actividad, si está se encuentra dentro del listado de actividades del anexo de la Ley 12/2012 , y siempre que la actividad se desarrolle en un local de menos de 300 m2 de superficie útil de exposición y venta al público, no es exigible por las administraciones la obtención de licencia previa de instalaciones, de funcionamiento o de actividad, en estos casos será suficiente con la presentación ante la administración correspondiente (normalmente Ayuntamiento) de lo que denominamos Declaración Responsable o Comunicación Previa .
La Declaración Responsable también es de aplicación a las obras ejecución de obras que no requieran proyecto técnico de obra de edificación de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación( LOE )